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Controles en Tocumen impiden ingreso de dos extranjeros

Dos controles migratorios terminaron en devoluciones

Dos ciudadanos extranjeros fueron impedidos de ingresar o continuar su tránsito por Panamá luego de que unidades del Servicio Nacional de Migración (SNM) detectaran antecedentes y señales que, según la entidad, estaban relacionadas con posibles conductas delictivas.

Los casos ocurrieron en el Aeropuerto Internacional de Tocumen y fueron atendidos durante controles migratorios realizados este 23 de septiembre.

Un viajero tenía una condena por acoso sexual

En el primer caso, un ciudadano procedente de Bahamas intentaba ingresar a Panamá. Durante las verificaciones migratorias se confirmó que había sido condenado en 2022 por el delito de acoso sexual y que recibió una sentencia de dos años de libertad condicional.

Las autoridades migratorias le negaron el ingreso al país y dispusieron su retorno a Bahamas.

Otro pasajero fue detectado durante su tránsito

El segundo caso correspondió a un ciudadano ecuatoriano que se encontraba en tránsito hacia Nicaragua. El SNM informó que durante la revisión detectó señales que, según sus verificaciones, estarían relacionadas con estructuras del crimen organizado que operan en Centroamérica.

La autoridad no detalló públicamente cuáles fueron esas señales ni atribuyó al pasajero un delito específico. Sin embargo, decidió impedir que continuara su tránsito por Panamá y ordenó su retorno a Ecuador.

¿Qué busca el control migratorio?

Estos procedimientos forman parte de los controles que se realizan en los puntos de entrada y tránsito del país. La revisión de antecedentes y de la información disponible permite a las autoridades determinar si una persona cumple las condiciones para ingresar o permanecer en territorio panameño.

En estos dos casos, las decisiones tuvieron como resultado que los viajeros no ingresaran al país o no continuaran su conexión aérea.

Panamá aplica controles en sus puntos de entrada

El Servicio Nacional de Migración señaló que las actuaciones se realizaron con base en el Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, que establece el marco legal del régimen migratorio panameño.

La entidad indicó que mantiene controles en los diferentes puntos de entrada al país. En el segundo caso, al tratarse de una persona en tránsito, la medida también impidió que utilizara Panamá como punto de conexión hacia otro destino.

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